Desaparición del libro de visitas

Desaparición del libro de visitas

Mediante Orden ESS/1452/2016 de 10 de junio desaparece la obligación empresarial de disponer del conocido Libro de Visitas que debía poner a disposición de la Inspección de Trabajo al objeto de dejar constancia de las actuaciones llevadas a cabo por la misma.

Desaparece por tanto uno de los iconos de los documentos empresariales por excelencia. En su lugar se establece un nuevo modelo que servirá para extender las diligencias realizadas por los funcionarios de la Inspección de Trabajo.

Esto supone trasladar de las empresas a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social las obligaciones relacionadas con la necesidad de documentar y dejar constancia de las actuaciones inspectoras, liberando a los empresarios de una obligación formal cuya ausencia constituía infracción leve por obstrucción a la labor inspectora.

Los miembros de la Inspección extenderán una diligencia de cada visita o comprobación, debiendo la empresa conservarla durante el plazo de cinco años.

Al objeto de que se familiarice con dicho cambio unimos el nuevo modelo que sustituye al citado libro de visita.

Aun cuando el uso normalizado del modelo de diligencia no supondrá en modo alguno duda o inconveniente, desde este despacho atenderemos cualquier duda al respecto.