PRORROGA ESTADO ALARMA R.D.492/2020

PRORROGA ESTADO ALARMA R.D.492/2020

Mediante R.D. 492/2020 de 24 de abril, BOE 25, se publica la prórroga del Estado de Alama contemplado en el R.D. 463/2020.

PRORROGA

Así los efectos temporales se prorrogan hasta las 00:00 horas del 10 de mayo de 2020, de conformidad con los R.D. 463/220 de 14 de marzo, 465/2020 de 17 de marzo, 476/2020 de 27 de marzo y el citado 492/2020 de 24 de abril.

Respecto la limitación de movimientos se introduce un apartado sexto con habilitación al Ministerio de Sanidad para dictar aquellas instrucciones que permitan o modulen las actividades permitidas y libertad de movimientos en vías públicas.

En desarrollo de tal la Orden SAN/370/2020 autoriza a los menores de 14 años a dar un paseo diario, entre las 9:00 y 21:00 horas, de una duración máxima de una hora y en una distancia inferior al kilómetro desde su domicilio.

También se modifica el artículo 10.6 para habilitar al Ministerio de Sanidad para, en atención a la evolución de la emergencia sanitaria, dictar ordenes e instrucciones en relación con las actividades y desplazamientos señaladas en el propio artículo, con el alcance y ámbito territorial que en ellas se determine.

Esto bien puede ser una introducción a las normas de desescalada anunciadas y que podría afectar territorialmente con distinta intensidad.

VIGENCIA: mismo día de publicación BOE 25 de abril de 2020.

Segovia, 25 de abril de 2020