11 Abr REFORMA DE PENSIONES 2023
Mediante RDL 2/2023 (BOE 17/03/2023) se publica la reforma de pensiones de la que los últimos meses se estaba hablando.
La reforma se estructura en dos grandes bloques:
- Modificaciones en las prestaciones o requisitos.
- Financiación de las mismas a través de incremento de las cotizaciones.
A través de estas líneas, pretendemos resumir su contenido, anticipando que algunas de las medidas no tienen vigencia inmediata. Señalamos entre paréntesis la fecha de su inicio de vigencia.
I.- PRESTACIONES Y REQUISITOS
- Prestaciones familiares (237 LGSS). Se computa como efectivamente cotizado los 3 primeros años de excedencia del 46.3 ET (cuidado familiares). También amplía a 3 años la reducción de jornada por cuidado de menos (37.6 ET). Finalmente se computarán cotizados a tiempo completo los supuestos de reducción de jornada.
- A efectos del complemento brecha de género causada desde 04/02/2021 NO COMPUTAN las bases reconocidas por prestación familiar y resultará aplicable a la pensión de menor cuantía de los progenitores.
- Jubilaciones (01/01/2026)
- RETA. Prevé integración de lagunas tras la extinción de la prestación de cese de actividad a base mínima general.
- Asimilación a 65% discapacidad cuando exista resolución judicial (1/04/23)
- Nueva regulación pospuesta de Jubilación parcial.
- Brecha género. A partir de 2024/2025 se incrementa un 10% en total fijándose en LPGE.
- Cálculo base reguladora. Se establece un doble modelos de cálculo: i) 25 años – modelo actual-, ii) determinada por los 27 años con cotizaciones más altas entre los 29 últimos.
D.T. 40 establece período transitorio que se inicia 2026 (302/352,33 meses) y concluye en 2037 (324/378 meses).
- Pensiones Mínimas. Se pretende incrementarlas hasta alcanzar el 60% de la renta media nacional.
- Computo trabajo a tiempo parcial. Desde 01/10/2023 se computa por día de alta independientemente de jornada a efectos de prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia y nacimiento y cuidado del menor.
II.- FINANCIACIÓN. CAMBIOS COTIZACIONES SOCIALES
- INCREMENTO BASE MÁXIMA COTIZACIÓN. Desde 2024 a 2050 las bases máximas de cotización se incrementarán automáticamente IPC+1’2 puntos.
- MECANISMO DE EQUIDAD INTERGENERACIONAL (MEI). Implantado con efectos de 01/01/2023 en el 0’6% (0’5% empresa y 0’10% trabajador) se incrementará anualmente 0’1% hasta 1’2% (1% empresa y 0’2% trabajador) en 2029.
- COTIZACIÓN SOLIDARIDAD (01/01/2025). Con ánimo de conseguir más ingresos se crea la cuota de solidaridad sobre salarios más altos que superen las bases máximas de cotización se establece una tabla de transitoriedad:
AÑO | (1) Retribución 10% exceso B. máxima | (2) Retribución exceso (1) hasta 50% B. máxima | (3) Retribución supe. (2) |
Tipo cotización % | Tipo cotización % | Tipo cotización % | |
2025 | 0,92 | 1 | 1,17 |
2026 | 1,15 | 1,25 | 1,46 |
2027 | 1,38 | 1,5 | 1,75 |
2028 | 1,6 | 1,75 | 2,04 |
2029 | 1,83 | 2 | 2,33 |
2030 | 2,06 | 2,25 | 2,63 |
2031 | 2,29 | 2,5 | 2,92 |
2032 | 2,52 | 2,75 | 3,21 |
2033 | 2,75 | 3 | 3,5 |
2034 | 2,98 | 3,25 | 3,79 |
2035 | 3,21 | 3,5 | 4,08 |
2036 | 3,44 | 3,75 | 4,38 |
2037 | 3,67 | 4 | 4,67 |
2038 | 3,9 | 4,25 | 4,96 |
2039 | 4,13 | 4,5 | 5,25 |
2040 | 4,35 | 4,75 | 5,54 |
2041 | 4,58 | 5 | 5,83 |
2042 | 4,81 | 5,25 | 6,13 |
2043 | 5,04 | 5,5 | 6,42 |
2044 | 5,27 | 5,75 | 6,71 |
2045 | 5,5 | 6 | 7 |
III.- OTRAS NORMAS
- Propuesta alta en procesos de I.T. Elimina posibilidad de solicitar al INSS el alta si la inspección médica del SPS ha desestimado propuesta, solo cabe ante silencio (84.2 b) LGSS)
- Elimina prórroga expresa del INSS de la situación IT. Agotados los 365 días si no existe alta, se supone prórroga de 180 días, por preverse curación o mejoría del trabajador.
Se elimina el pago directo por mutua y mantiene pago delegado hasta sus 545 días (17/05/2023).
- NUEVAS OBLIGACIONES BECARIOS (01/10/2023). Todas las empresas que acojan a este colectivo a través de convenio de colaboración con centros educativos, incluidos alumnos universitarios o FP, deberán darlos de alta en la SS, perciban o no remuneración vinculada a la práctica.
Segovia 10 de abril de 2023