23 Ago CRITERIOS DETERMINACIÓN TAMAÑO DE LAS EMPRESAS
En virtud de la Directiva Delegada (UE) 2023/2775 de 17 de octubre se establecen los nuevos criterios de fijación del tamaño de las empresas.
Los criterios de clasificación que se tienen en cuenta son el número de empleados, el volumen de negocio neto (VNN), y el balance total. Para alcanzar una categoría determinada, debe constatarse que, a la fecha de cierre del balance, se rebasen los límites numéricos de por lo menos dos de los tres criterios señalados.
Así, únicamente han sido los criterios de tamaño monetario (VNN y balance total) los que han sido objeto de modificación por la Directiva manteniéndose constante el número de empleados.
GRUPO | VNN | BALANCE | Nº TRABAJADORES |
Microempresa | Inferior 900.000 | Inferior 450.000 | Inferior 10 trabajadores |
Pequeña empresa | Inferior 10.000.000 | Inferior 5.000.000 | Entre 10-50 trabajadores |
Mediana empresa | Inferior 50.000.000 | Inferior 25.000.000 | Entre 50-250 trabajadores |
Grandes empresas | Superior 50.000.000 | Superior 25.000.000 | Superior 250 trabajadores |
En los grupos de sociedades también se han modificado los umbrales, de tal forma que ahora los umbrales para la clasificación son:
GRUPO | VNN | BALANCE |
Grupos pequeños | Inferior 10.000.000 | Inferior 5.000.000 |
Grupos medianos | Inferior 50.000.000 | Inferior 25.000.000 |
Grandes grupos | Superior 50.000.000 | Superior 25.000.000 |
Los Estados Miembros tienen el deber de incorporar las disposiciones legales, reglamentarias a más tardar el próximo 24 de diciembre de 2024, permitiendo que se apliquen los nuevos umbrales para ejercicios iniciados a partir de 1 de enero de 2023.
Segovia, 23 de agosto de 2024