07 Dic PLANES DE PENSIONES
Hasta enero de 2021, las aportaciones a los planes de pensiones podían llegar a los 8.000 euros, pero este límite se ha reducido a 2.000 euros anuales.
Este límite aplica a las aportaciones individuales realizadas.
En caso de aportaciones empresariales a planes de empleo se mantiene el límite de 8.000 euros anuales. En caso de existir aportaciones personales y del empresario el límite es la suma de ambos.
También se reduce desde 2.000 hasta 1.000 euros anuales la aportación permitida al plan del cónyuge.
Si se ha excedido del límite máximo de aportación permitida, la cantidad excedente deberá ser retirada antes del 30 de junio del año siguiente. Si no se ha retirado una vez pasada la fecha, se aplica una multa del 50% del importe excedido.
En la declaración de IRPF se podrán desgravar la menor de las siguientes magnitudes:
- 2.000 euros
- 30% de los rendimientos netos del trabajo y/o actividades económicas.
La importante reducción del límite de aportación puede hacer que, sin tener presente la misma, haya superado con su aportación tal cantidad.
La previsión sancionadora referida puede evitarse con la retirada antes de la finalización de presentación del IRPF de 2021 pero será bueno que pueda tener presente dicho limite y las consecuencias del exceso al objeto que programe sus aportaciones.
Agradeceré tenga presente el comentario realizado para evitar consecuencias innecesarias.
Segovia, 6 de diciembre de 2021